ALERTA: Juez declara ilegal el veto migratorio para 75 países
Una jueza del Tribunal Federal del Distrito Sur de Nueva York anuló el veto de visas de inmigrante para 75 países y ordenó revisar cada solicitud sin discriminar por nacionalidad.
Rosa Vela

Un juez federal anuló la suspensión de visas de inmigrante impuesta a ciudadanos de 75 países por la administración de Donald Trump. La decisión fue emitida por la jueza Jeannette A. Vargas, del Tribunal Federal del Distrito Sur de Nueva York.
El fallo concluyó que el secretario de Estado, Marco Rubio, excedió sus facultades legales al ordenar el bloqueo generalizado. La resolución puede beneficiar a miles de personas con peticiones familiares o laborales detenidas desde enero. Sin embargo, el dictamen no concede automáticamente una visa a todas las personas afectadas.
¿Qué medida migratoria fue anulada?
El Departamento de Estado anunció en enero una pausa indefinida en la emisión de visas de inmigrante. La orden comenzó a aplicarse el 21 de enero de 2026 y afectó a ciudadanos de 75 países. La directiva se basó en el argumento de que algunos solicitantes podían convertirse en una carga pública.

La medida suspendió visas de residencia permanente, pero no afectó las visas temporales de turismo, estudio o trabajo. La jueza determinó que los funcionarios consulares deben estudiar cada expediente de manera independiente. La nacionalidad del solicitante no puede sustituir el análisis de sus circunstancias particulares.
¿Por qué el tribunal declaró ilegal el veto?
La sentencia señaló que la Ley de Inmigración y Nacionalidad no permite bloquear visas únicamente por el país de origen. La norma exige analizar factores como ingresos, edad, salud, educación y habilidades laborales. La jueza Vargas concluyó que Rubio no tenía autoridad para ordenar rechazos automáticos a funcionarios consulares. Reuters informó que la política fue calificada como «manifiestamente ilegal» por el tribunal.
El Departamento de Justicia defendió la medida con argumentos relacionados con restricciones migratorias anteriores. Sin embargo, la resolución distinguió entre controlar la entrada al país y detener la emisión de visas permanentes. El fallo también anuló las denegaciones basadas exclusivamente en la política suspendida. Los solicitantes deberán recibir una nueva revisión consular, aunque todavía deben cumplir los requisitos migratorios habituales.
¿Qué países estaban incluidos en la suspensión?
La directiva afectó a países de América, África, Asia, Europa y Oceanía. Entre los países latinoamericanos se encontraban Brasil, Colombia, Cuba, Guatemala, Haití, Jamaica, Nicaragua y Uruguay. También incluyó a Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice, Dominica, Granada, San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía y San Vicente y las Granadinas. La lista completa también incluyó países como Nigeria, Somalia, Irán, Afganistán, Rusia, Pakistán, Tailandia y Yemen. Los ciudadanos de esos países podían tener peticiones aprobadas, pero sus visas permanentes permanecían bloqueadas.
¿Qué deben hacer ahora los solicitantes?
Las personas afectadas deben revisar el estado de su caso ante el Centro Nacional de Visas o el consulado correspondiente. También deben verificar si recibieron una denegación basada únicamente en la directiva de enero. Los solicitantes deben conservar copias de entrevistas, notificaciones, recibos y comunicaciones oficiales. La resolución ordena que los expedientes vuelvan a los funcionarios consulares para una evaluación individual. Los afectados no deben asumir que la decisión judicial equivale a una aprobación automática. La visa todavía depende de requisitos médicos, financieros, penales y documentales.
¿Cómo impacta el fallo a las familias latinas?
La decisión puede beneficiar a familias separadas entre Estados Unidos y países latinoamericanos. También puede reactivar procesos laborales para profesionales con contratos o patrocinadores estadounidenses. En muchos casos, las peticiones permanecieron detenidas aunque los solicitantes ya hubieran completado entrevistas.
Las familias deben desconfiar de gestores que prometan visas inmediatas tras la decisión judicial. Solo el Departamento de Estado y los consulados pueden informar sobre la reactivación concreta de cada expediente.
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Autor
Rosa VelaPeriodista egresada de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Especializada en la cobertura de coyuntura nacional, política y noticias deportivas.
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