Inmigración 4 min de lectura

¿Qué inmigrantes están exentos de la carga pública desde el 18 de septiembre?

Refugiados, asilados, víctimas de delitos y otros grupos quedan fuera del análisis, mientras USCIS amplía su revisión en casos no exentos.

Rosa Vela

Rosa Vela

¿Se puede obtener la green card tras entrar como turista?
¿Se puede obtener la green card tras entrar como turista?
Lo que debes saber

El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) revocará el 18 de septiembre de 2026 la regulación de carga pública vigente desde 2022. El cambio dará a USCIS (Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos) mayor margen para evaluar beneficios sujetos a comprobación de ingresos cuando revise determinadas solicitudes de visa, admisión o residencia permanente.

¿A quién puede afectar la nueva regla?

La medida puede afectar principalmente a personas que presenten el Formulario I-485 para ajustar su estatus dentro de Estados Unidos a partir del 18 de septiembre de 2026. El análisis se aplica únicamente a quienes estén sujetos al motivo legal de inadmisibilidad por carga pública.

Entre los solicitantes que podrían estar sujetos al análisis se encuentran:

  • Familiares de ciudadanos estadounidenses que solicitan la residencia.
  • Familiares de residentes permanentes legales.
  • Algunos trabajadores calificados, profesionales e inversionistas.
  • Ciertos viudos y viudas de ciudadanos estadounidenses.
  • Algunos graduados extranjeros de medicina.
  • Determinados inmigrantes especiales y solicitantes de admisión.

La regla no convierte automáticamente el uso de un programa público en motivo para negar una residencia. USCIS debe evaluar el conjunto de circunstancias del solicitante, incluidos su edad, salud, situación familiar, recursos económicos, educación, habilidades y beneficios recibidos.

¿Qué beneficios podrían considerar los funcionarios?

Para beneficios recibidos a partir del 18 de septiembre de 2026, la nueva política permite valorar una gama más amplia de ayudas públicas sujetas a requisitos de ingresos. Entre ellas pueden estar:

  • SNAP, conocido como cupones o asistencia alimentaria.
  • Medicaid y ciertos programas de cobertura médica.
  • Ayudas de vivienda.
  • Asistencia monetaria pública.
  • Otros beneficios federales o estatales condicionados por los ingresos.

Los beneficios recibidos antes del 18 de septiembre continúan sujetos al marco anterior de 2022. Bajo esa regla, USCIS consideraba principalmente la asistencia monetaria para el mantenimiento de ingresos y la institucionalización prolongada pagada por el gobierno.

¿Qué inmigrantes están exentos de la carga pública?

Las exenciones de carga pública están establecidas por la ley y dependen de la vía migratoria utilizada. La nueva regla no elimina esas categorías protegidas. Entre los principales grupos exentos están:

  • Refugiados y personas con asilo que solicitan admisión o residencia.
  • Autopeticionarios bajo VAWA, incluidos ciertos sobrevivientes de violencia doméstica.
  • Víctimas de trata de personas que solicitan o tienen una visa T.
  • Víctimas de determinados delitos que solicitan o tienen una visa U.
  • Jóvenes inmigrantes especiales, conocidos como SIJ.
  • Personas que solicitan o tienen Estatus de Protección Temporal (TPS).
  • Ciertos afganos e iraquíes que trabajaron para el gobierno estadounidense.
  • Personas que solicitan la residencia bajo la Ley de Ajuste Cubano.
  • Beneficiarios de NACARA, la ley para ciertos nicaragüenses y centroamericanos.
  • Determinados beneficiarios de HRIFA, la ley para ciertos refugiados haitianos.
  • Personas que califican para la residencia bajo el mecanismo de registry.
  • Algunas categorías de inmigrantes especiales, según la clasificación concreta.

La lista completa puede variar según el beneficio solicitado y la situación del caso. Por eso, una persona no debe asumir que está exenta únicamente por pertenecer a una descripción general.

¿El beneficio recibido por un familiar afecta al solicitante?

USCIS no atribuye automáticamente al solicitante los beneficios públicos recibidos por sus familiares. Esto incluye ayudas recibidas por hijos u otros integrantes del hogar.

Cambio de USCIS en el I-765
MundoWOW

Tampoco se atribuye al solicitante el hecho de haber solicitado un beneficio en nombre de otra persona, incluso cuando se trate de un hijo. La evaluación debe centrarse en los factores y beneficios que correspondan al propio solicitante.

¿Qué deben revisar quienes preparan una residencia?

Las personas que planean presentar el Formulario I-485 deben identificar la categoría migratoria exacta y la fecha de presentación. También deben utilizar la edición vigente del formulario y revisar las instrucciones de USCIS.

El patrocinio económico mediante el Formulario I-864 continúa siendo un elemento relevante en los casos que lo requieren. Sin embargo, la existencia de un patrocinador no elimina la necesidad de evaluar las circunstancias generales bajo la nueva política. Antes de presentar una solicitud, conviene:

  1. Revisar el historial de beneficios recibidos desde el 18 de septiembre de 2026.
  2. Confirmar si la categoría migratoria está exenta.
  3. Verificar la edición vigente del Formulario I-485.
  4. Consultar a un abogado de inmigración o representante acreditado.
  5. No cancelar beneficios públicos sin asesoría individual.

¿Qué deben saber los solicitantes?

La carga pública a inmigrantes no funciona como una prohibición automática contra quienes reciben ayuda pública. Desde el 18 de septiembre de 2026, USCIS tendrá un marco más amplio para evaluar beneficios y circunstancias individuales en categorías no exentas.

La vía migratoria, el tipo de solicitud y la fecha de presentación serán determinantes. Quienes tengan un trámite pendiente o planeen solicitar residencia deben revisar la información oficial de USCIS y buscar asesoría legal antes de modificar sus beneficios o presentar formularios.

Entérate más en Nueva News

Canal oficial

Únete a nuestro canal de WhatsApp

Recibe las noticias más importantes al instante, sin spam. Solo lo que importa, cuando importa.

+12,400 miembros· Actualizaciones diarias
Unirme ahora

¿Te gustó esta nota?

Guárdala en tu perfil o compártela

Rosa Vela

Autor

Rosa Vela

Periodista egresada de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Especializada en la cobertura de coyuntura nacional, política y noticias deportivas.

Comentarios

Inicia sesión para comentar

Es gratis y toma un minuto. Con tu cuenta también podés:

  • Comentar y participar en la conversación
  • Guardar notas para leer después
  • Ver tu historial de lectura
  • Recibir el boletín con tus temas favoritos
Iniciar sesión o registrarme
¿Qué inmigrantes están exentos de la carga pública desde el 18 de septiembre? | Nueva News