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¿Qué protege realmente a un migrante frente a ICE? El caso de Luis Galeano

El caso de Luis Galeano expone que un trámite migratorio pendiente no protege a nadie frente a ICE.

Juan Mori

Juan Mori

caso de Luis Galeano
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Lo que debes saber

El periodista nicaragüense desnacionalizado Luis Galeano fue detenido el lunes 14 de septiembre por agentes del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) en Florida, mientras trabajaba como conductor de Uber. Su caso reabre una pregunta que inquieta a miles de familias: qué protección real tiene una persona con un trámite migratorio pendiente en Estados Unidos.

La respuesta de los expertos es directa. Tener un proceso abierto no equivale a tener estatus legal.

Un trámite pendiente no equivale a estatus migratorio

«En este momento nadie tiene más protección», afirma Cindy Blandón, abogada de inmigración en Estados Unidos. Según explica, quien mantiene un caso en corte, una solicitud ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) o un asilo pendiente todavía no cuenta con una resolución final.

Esa distinción es clave. Mientras no exista un fallo, la persona no tiene un estatus reconocido y, por lo tanto, puede ser detenida durante operativos migratorios.

Blandón señala que la regla alcanza a distintos perfiles. Quienes ingresaron con parole humanitario, mediante la aplicación CBP One o con visa de turista y permanecieron más allá del tiempo autorizado enfrentan el mismo cargo en corte: exceder la estadía permitida.

El permiso de trabajo y la licencia no blindan a nadie

Existe una creencia extendida de que un permiso de trabajo vigente, una licencia de conducir o el pago puntual de impuestos otorgan resguardo frente a una detención. La abogada aclara que ninguno de esos documentos, por sí solo, concede estatus legal.

El permiso de trabajo —tramitado con el Formulario I-765 y conocido como EAD, por sus siglas en inglés— solo acredita autorización de empleo durante un periodo determinado. La licencia de conducir, por su parte, habilita a manejar bajo las normas del estado que la expidió, nada más.

En algunos estados, la colaboración entre policías locales e ICE permite que una parada de tránsito rutinaria derive en custodia migratoria. Blandón advierte que ese es uno de los caminos más frecuentes hacia un centro de detención.

Asilo pendiente y refugio aprobado: la diferencia que sí cuenta

No todos los casos son iguales. Quienes llegaron mediante el Programa de Movilidad Segura, impulsado por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y el gobierno estadounidense, ingresaron ya con estatus de refugiado aprobado.

Esas personas tienen pendiente un ajuste de estatus para obtener la residencia permanente, pero su condición migratoria sí está reconocida. Es una situación distinta a la de un solicitante de asilo que aún espera respuesta.

Aun así, Blandón matiza que el refugio no vuelve a nadie inmune a un arresto. La diferencia es que, tras revisar el expediente, la persona con asilo o refugio aprobado suele ser liberada. La abogada advierte además que la administración de Donald Trump anunció revisiones de estos casos, con posibilidad de revocar el estatus si detecta irregularidades o fraude.

El marco legal que sustenta la detención

La Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) es la norma que rige estos procesos. Su sección 237(a)(1)(B) establece que una persona que permanece en el país más allá del tiempo autorizado es removible, sin importar si tiene solicitudes pendientes.

La sección 235 y la 236 regulan la detención mientras avanza el caso ante un juez de la Oficina Ejecutiva de Revisión de Casos de Inmigración (EOIR). En ciertos supuestos, el juez puede fijar fianza; en otros, especialmente para quienes no fueron formalmente admitidos, esa facultad es limitada.

Cuando no procede una audiencia de fianza, queda la vía de un recurso de habeas corpus ante un tribunal federal para cuestionar la legalidad de la detención.

El expediente de Galeano y la variable española

Galeano salió de Nicaragua en diciembre de 2018, tras la clausura policial del canal 100% Noticias, donde trabajaba. El 15 de febrero de 2023 el régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo lo despojó de su nacionalidad al declararlo «traidor a la patria».

Según informó el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) a la periodista Tifani Roberts, Galeano ingresó legalmente el 21 de diciembre de 2018 con permiso hasta el 20 de junio de 2019. La agencia sostiene que excedió ese plazo y permanecerá bajo custodia a la espera del proceso de deportación.

Hay un factor adicional. En abril de 2026, España le concedió la ciudadanía junto a otros 21 nicaragüenses desterrados, según el Boletín Oficial del Estado. Blandón explica que la figura de asilo está pensada para quienes no tienen otro país donde buscar protección, y que un pasaporte europeo suele pesar en el criterio de los jueces migratorios.

Su esposa, Deykell Santamaría, dijo a 100% Noticias que sería trasladado al Baker Correctional Institution, en el condado de Baker, Florida. Su audiencia está prevista para el 2 de octubre.

Derechos que se mantienen aunque el estatus esté pendiente

Estar en situación irregular no anula los derechos constitucionales. Toda persona detenida puede guardar silencio, negarse a firmar documentos que no comprenda, conocer el motivo de su arresto y solicitar un abogado que la represente.

Blandón advierte sobre la presión dentro de los centros de detención para firmar una salida voluntaria. Recomienda mantener el expediente completo y decidir con antelación qué postura se tomará ante ese escenario.

Si un familiar es detenido, el primer paso es ubicarlo en el Localizador de Detenidos de ICE con su número A. El segundo es contactar de inmediato a un abogado acreditado o a una organización reconocida por la EOIR, antes de la audiencia programada.

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Juan Mori

Autor

Juan Mori

Periodista enfocado sobre los temas sociales, culturales, migratorios y deportivos. Bachiller en la carrera de Periodismo por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Tres años de experiencia como redactor en “Nueva News”. Contacto: juan.mori@pucp.edu.pe

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