Inmigración 6 min de lectura

ALERTA: DHS emite regla que limita la ciudadanía por nacimiento para ciertos niños

La regla del DHS entrará en vigor pero jueza federal ya bloqueó la orden ejecutiva que la sustenta para miles de menores.

Rosa Vela

Rosa Vela

EN PORTADA: CIUDADANÍA EN PELIGRO Trump intensifica esfuerzos por revocar la ciudadanía a inmigrantes naturalizados.
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Lo que debes saber

El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) amplió el 4 de septiembre de 2026 la definición de «empleado de gobierno extranjero» para incluir personal de embajadas, consulados y organizaciones internacionales con inmunidad. Por lo tanto, se niega la ciudadanía automática a sus hijos nacidos en territorio estadounidense.

La regla aplica únicamente cuando ninguno de los padres es ciudadano estadounidense e implementa la Orden Ejecutiva 14418, firmada por el presidente Donald Trump el 6 de agosto de 2026. Sin embargo, un día antes de su entrada en vigor, la jueza federal Deborah Boardman bloqueó mediante una orden judicial preliminar la aplicación de esta misma orden ejecutiva para una amplia clase de menores. Como resultado, el propio DHS reconoce que esto limita la implementación de la nueva regla.

¿Qué establece la nueva regla del DHS sobre ciudadanía por nacimiento?

De acuerdo con el DHS, los hijos de empleados de gobiernos extranjeros no estarían sujetos a la jurisdicción de Estados Unidos para efectos de la ciudadanía bajo la 14ª Enmienda, siempre que ninguno de sus padres sea ciudadano estadounidense. Esta interpretación busca ampliar significativamente el alcance de una excepción histórica limitada a diplomáticos.

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El cambio es relevante porque la administración del presidente Donald Trump busca llevar esta interpretación más allá del ámbito diplomático tradicional. La propuesta contempla a nacionales empleados por embajadas y consulados, personas que trabajan oficialmente para gobiernos extranjeros y determinados empleados de organizaciones internacionales que cuentan con inmunidad.

Bajo el nuevo reglamento, el término más amplio «empleado de gobierno extranjero» reemplaza la categoría anterior de «oficial diplomático extranjero». Así, esta ampliación abarca a personal que anteriormente no quedaba comprendido en la excepción diplomática tradicional, según confirmó Newsweek.

¿Quiénes quedan incluidos y excluidos de la nueva definición?

Hasta ahora, el tratamiento especial se concentraba en los hijos de funcionarios diplomáticos extranjeros acreditados. El DHS reconoce que su nueva definición de «empleado de gobierno extranjero» es considerablemente más amplia. Además, podría abarcar a personal que anteriormente no quedaba comprendido en esta excepción.

Varios grupos quedan específicamente excluidos de esta categoría ampliada. Entre ellos figuran empleados personales y asistentes de funcionarios extranjeros, como asistentes personales, choferes y personal doméstico.

También quedan excluidos ciertos empleados de empresas estatales que no poseen estatus no inmigrante A o G, nacionales de terceros países que trabajan para gobiernos extranjeros, algunos contratistas y empleados de gobiernos extranjeros que visitan Estados Unidos en capacidad personal.

¿Qué vía migratoria ofrece la regla para estos menores?

La regla también establece una posible vía migratoria para estos menores. En lugar de obtener ciudadanía estadounidense al nacer, podrían solicitar la residencia permanente legal mediante procesos de inmigración existentes.

Si la solicitud fuera aprobada, el estatus podría reconocerse desde la fecha de nacimiento del menor. El registro como residente permanente legal seguirá siendo voluntario, según el texto de la regla publicado en el Registro Federal.

Sin embargo, quienes no sean ciudadanos estadounidenses podrían permanecer sujetos a los requisitos de registro de extranjeros bajo la Ley de Inmigración y Nacionalidad. Esto significa que, aunque no automáticamente ciudadanos, estos menores tendrían un camino legal establecido hacia la residencia permanente.

¿Qué dicen los expertos legales sobre esta medida?

El abogado David Bier, director de estudios de inmigración del Instituto Cato, cuestionó la medida. «La norma es deficiente desde el punto de vista legal y constitucional», declaró Bier.

El especialista argumentó que el DHS no tendría autoridad para determinar por sí mismo que una categoría más amplia de empleados extranjeros está fuera de la jurisdicción estadounidense. Bier expresó su postura públicamente, cuestionando la validez legal de reinterpretar unilateralmente un concepto constitucional establecido.

Adam Klein, exfuncionario del DHS, señaló a Newsweek que el punto de mayor trascendencia no sería la posibilidad de obtener una tarjeta de residencia. Más bien, la decisión es ampliar la categoría de niños nacidos en Estados Unidos que el gobierno considera que no adquirieron ciudadanía al nacer. Esta distinción resulta clave para entender el verdadero alcance de la controversia legal.

¿Cómo afecta la orden judicial de la jueza Boardman a esta regla?

La propia agencia reconoce que existen litigios en curso relacionados con los esfuerzos de la administración para modificar la aplicación de la ciudadanía por nacimiento. Un día antes de que la regla entrara en vigor, la jueza federal Deborah Boardman, del Tribunal de Distrito de Maryland, emitió una orden judicial preliminar. Por este motivo, se bloquea la aplicación de la Orden Ejecutiva 14418 para una clase certificada de menores.

«La Corte Suprema ha hablado: los niños en la clase certificada son ‘ciudadanos al nacer’«, escribió la jueza Boardman en su fallo de 35 páginas, citando la decisión de 6 a 3 emitida por la Corte Suprema en junio de 2026 que rechazó el primer intento de Trump de restringir la ciudadanía por nacimiento.

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El DHS confirmó que no aplicará la nueva regla a los miembros de la clase certificada en el caso Casa Inc. v. Trump, ni actuará de manera que entre en conflicto con la orden judicial preliminar emitida por el tribunal de distrito de Maryland. Esta restricción permanecerá vigente a menos que el gobierno obtenga alivio judicial adicional.

La orden de Boardman prohíbe a agencias federales, incluyendo el Departamento de Estado, el DHS y la Administración del Seguro Social, tomar cualquier acción para interferir, negar o dejar de reconocer la ciudadanía de personas cubiertas por la demanda colectiva, según reportó NBC News.

La Decimocuarta Enmienda de la Constitución de Estados Unidos, ratificada en 1868, garantiza que toda persona nacida en territorio estadounidense es ciudadana del país. Este principio ha sido interpretado de manera consistente por los tribunales durante más de un siglo. Además, las excepciones han estado limitadas históricamente a hijos de diplomáticos extranjeros.

En junio de 2026, la Corte Suprema de Estados Unidos determinó en una decisión de 6 a 3, en el caso conocido como Trump v. Barbara, que los niños nacidos en territorio estadounidense de padres sin estatus legal o con visas temporales son ciudadanos al nacer. Esta decisión rechazó el primer intento de la administración Trump de restringir ampliamente la ciudadanía por nacimiento.

La nueva regla del DHS representa un segundo intento más limitado, enfocado específicamente en hijos de empleados de gobiernos extranjeros. En lugar de abarcar a todos los hijos de padres sin estatus legal. No obstante, la orden judicial de Boardman sugiere que los tribunales continúan considerando inconstitucional cualquier intento de restringir este derecho establecido.

La regla está programada para publicarse formalmente en el Registro Federal el 9 de septiembre de 2026, aunque ya tomó efecto el 4 de septiembre como regla final provisional mientras la agencia recibe comentarios públicos. La administración Trump probablemente apelará la orden judicial de Boardman ante instancias superiores.

Mientras se resuelve este litigio, el DHS ha confirmado que no aplicará la regla a los menores protegidos por la orden judicial en el caso Casa Inc. v. Trump. Las familias con dudas sobre casos específicos deben monitorear las actualizaciones judiciales y consultar con organizaciones especializadas en derecho migratorio para conocer cómo estos desarrollos legales podrían afectar su situación particular.

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Rosa Vela

Autor

Rosa Vela

Periodista egresada de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Especializada en la cobertura de coyuntura nacional, política y noticias deportivas.

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