ALERTA: Cambiar tu dirección con USPS no actualiza tus registros ante USCIS
USCIS recuerda que USPS no actualiza registros migratorios y explica los pasos para evitar perder avisos y audiencias clave.

La oficina de Servicios de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) recuerda que cambiar la dirección con el Servicio Postal (USPS) no actualiza sus registros. La advertencia aplica a personas extranjeras con trámites ante la agencia y busca evitar la pérdida de avisos migratorios importantes.
USCIS señala que USPS tampoco reenviará su correspondencia. Por eso, quienes se muden deben informar el cambio a ambas instituciones y, si tienen un caso ante la corte, notificar también al tribunal migratorio.
El aviso que puede cambiar un caso
La alerta cobró relevancia tras el caso de Wilber Rafael Garcés Pérez, un venezolano baleado por un agente de ICE (Servicio de Inmigración y Control de Aduanas) en Austin, Texas. Según The Texas Tribune, su abogada dijo que una audiencia fue notificada a una dirección anterior.
Garcés Pérez había actualizado su domicilio ante la corte de inmigración, de acuerdo con su defensa. Sin embargo, el aviso habría sido enviado a su dirección previa y él no se presentó a la audiencia.
Su abogada, Kate Lincoln-Goldfinch, afirmó que el juez emitió una orden de deportación en ausencia. “Es un resultado muy común”, dijo al medio, al describir situaciones similares en su práctica legal.
USCIS, USPS y la corte cumplen funciones distintas
USCIS administra solicitudes y beneficios migratorios. Allí se tramitan procesos como el ajuste de estatus, la residencia permanente, el permiso de trabajo o la ciudadanía.
USPS, en cambio, gestiona la entrega del correo. Su servicio de cambio de domicilio puede ayudar a recibir correspondencia general, pero no modifica las bases de datos de USCIS ni de la corte migratoria.
La Oficina Ejecutiva para la Revisión de Casos de Inmigración (EOIR) administra las cortes migratorias. Su sistema exige un aviso separado cuando una persona cambia su dirección o sus datos de contacto.
Los plazos que deben respetarse
USCIS indica que, en general, las personas extranjeras deben reportar su cambio de dirección dentro de los 10 días posteriores a la mudanza. La obligación tiene excepciones, como ciertos titulares de visas A o G y algunos visitantes bajo exención de visa.
Para un caso pendiente ante USCIS, la agencia recomienda usar la herramienta Enterprise Change of Address, conocida como E-COA. También permite presentar el Formulario AR-11, aunque el trámite en línea suele procesarse con mayor rapidez.
La actualización debe incluir cada número de recibo de una solicitud pendiente. De lo contrario, el cambio podría no aplicarse a todos los casos vinculados con la persona.
Qué exige la corte migratoria
Quienes tengan un proceso ante una corte deben presentar el Formulario EOIR-33/IC. El Departamento de Justicia explica que el aviso debe entregarse dentro de cinco días laborables.
El trámite puede realizarse en línea mediante Respondent Access, por correo o directamente en la corte correspondiente. Si el caso está ante la Junta de Apelaciones de Inmigración, se utiliza el formulario EOIR-33/BIA.
Actualizar la dirección ante USCIS no reemplaza el EOIR-33. Del mismo modo, presentar el formulario judicial no modifica automáticamente los datos de una solicitud pendiente ante USCIS.
El riesgo de una orden en ausencia
Una orden de deportación en ausencia puede emitirse cuando una persona no comparece a una audiencia debidamente notificada. El problema aparece cuando el aviso llega a una dirección desactualizada o la persona no logra recibirlo.
El caso de Garcés Pérez muestra el impacto humano de un error de notificación. Según su abogada, la falta de conocimiento sobre la audiencia precedió a la orden migratoria que posteriormente figuraba en su expediente.
El Departamento de Seguridad Nacional confirmó que las órdenes fueron dictadas en ausencia. También sostuvo que las obligaciones legales de una persona no terminan por cambiar de domicilio.
Qué hacer después de una mudanza
Primero, actualiza la dirección con USPS para el correo general. Después, ingresa a tu cuenta de USCIS y utiliza E-COA para modificar la información de cada caso pendiente.
Si no tienes acceso a la herramienta, presenta el Formulario AR-11 según las instrucciones de USCIS. Conserva capturas, comprobantes, números de confirmación y copias de todo lo enviado.
Si tienes audiencia o expediente ante una corte, presenta el EOIR-33/IC dentro del plazo correspondiente. Revisa además el estado del caso en los sistemas oficiales y consulta a un abogado de inmigración o representante acreditado si recibiste una orden en ausencia.
La actualización de domicilio no cambia por sí sola el estatus migratorio. Sin embargo, sí puede determinar si una persona recibe a tiempo una audiencia, una decisión, un permiso de trabajo o una solicitud de evidencia.
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