¿Qué dice la nueva ley de California sobre redes sociales para menores?
La legislación AB 1709 de California, promulgada el 10 de septiembre de 2026 por el gobernador Gavin Newsom, veta los algoritmos de recomendación personalizada y la reproducción automática para menores de 16 años. La regulación no prohíbe el uso general de plataformas, sino herramientas de diseño creadas para fomentar el uso compulsivo de pantallas. Las []

La legislación AB 1709 de California, promulgada el 10 de septiembre de 2026 por el gobernador Gavin Newsom, veta los algoritmos de recomendación personalizada y la reproducción automática para menores de 16 años. La regulación no prohíbe el uso general de plataformas, sino herramientas de diseño creadas para fomentar el uso compulsivo de pantallas. Las empresas tecnológicas deberán desactivar estas funciones específicas o eliminar las cuentas y datos personales de los adolescentes antes del 1 de enero de 2027.
¿Qué prohíbe la nueva regulación sobre redes sociales para menores?
La normativa clasifica como funciones adictivas a los elementos de diseño desarrollados específicamente para maximizar la permanencia del usuario y provocar un consumo compulsivo. En este marco, la ley detalla dos mecanismos principales que las empresas ya no podrán desplegar ante adolescentes menores de 16 años.

Por un lado, restringe los cronogramas personalizados que recomiendan, seleccionan o priorizan publicaciones mediante la recolección previa de datos personales o del dispositivo. Por otro lado, prohíbe los sistemas de reproducción continua de videos y audios que inician sin una orden explícita del usuario.
El fiscal general de California, Rob Bonta, contará con facultades legales para actualizar la definición de plataformas reguladas mediante normas complementarias. Esta potestad asegura que futuras innovaciones tecnológicas orientadas a captar la atención de menores también queden sujetas a supervisión estatal.
¿Qué actividades podrán realizar los adolescentes en las plataformas?
La medida legislativa no suspende de manera total la presencia de adolescentes en los entornos digitales. Los menores conservarán la posibilidad de interactuar a través de canales de comunicación directa y consultas temáticas individuales.
Un usuario joven podrá buscar voluntariamente contenidos específicos sin que el sistema vincule permanentemente esa actividad a un perfil comercial. Asimismo, mantendrá acceso libre a la mensajería privada con familiares o amigos dentro de las aplicaciones autorizadas.
Las secuencias de contenido ordenadas previamente por los propios creadores continuarán disponibles, siempre que no activen mecanismos de reproducción involuntaria. De este modo, la norma preserva la comunicación cotidiana mientras elimina las técnicas comerciales destinadas a retener audiencias jóvenes mediante algoritmos invasivos.
- Realizar búsquedas manuales de información educativa o de entretenimiento
- Enviar y recibir mensajes privados entre contactos conocidos
- Visualizar publicaciones organizadas en orden cronológico por los creadores
- Mantener perfiles digitales siempre que carezcan de algoritmos adictivos
¿Qué obligaciones tienen las empresas para no cancelar cuentas?
Las compañías tecnológicas deberán modificar la arquitectura de sus aplicaciones antes de la fecha límite establecida por las autoridades estatales. Si una empresa garantiza que un menor de 16 años no recibe herramientas de retención, el usuario podrá conservar su perfil activo.

Por el contrario, si la plataforma decide no adaptar su servicio a los estándares fijados, estará obligada a cancelar la cuenta del adolescente. En dicho escenario, las firmas digitales deberán suprimir además toda la información personal recopilada sobre el menor.
Esta exigencia traslada la responsabilidad legal directamente a los desarrolladores de software y proveedores de redes sociales. La supervisión judicial buscará prevenir que las plataformas prioricen métricas publicitarias sobre el bienestar psicológico y la salud de los jóvenes californianos.
¿Qué deben saber las familias antes de la aplicación de la norma?
Los padres de familia y tutores en California deben revisar las condiciones de uso y la configuración de privacidad en los teléfonos de sus hijos durante los próximos meses. Las principales compañías tecnológicas comenzarán a implementar filtros automáticos de edad y modificaciones técnicas en sus interfaces antes de que termine 2026.
Las familias pueden aprovechar esta transición legislativa para dialogar sobre hábitos saludables de consumo digital en el hogar. Consultar los portales oficiales del estado de California permitirá conocer oportunamente los reglamentos definitivos que publicará la Fiscalía General para proteger a las audiencias juveniles.
Entérate más en Nueva News
Canal oficial
Únete a nuestro canal de WhatsApp
Recibe las noticias más importantes al instante, sin spam. Solo lo que importa, cuando importa.
Comentarios
Inicia sesión para comentar
Es gratis y toma un minuto. Con tu cuenta también podés:
- Comentar y participar en la conversación
- Guardar notas para leer después
- Ver tu historial de lectura
- Recibir el boletín con tus temas favoritos


