Inmigración 4 min de lectura

DHS cambia el proceso migratorio para ciertos niños nacidos en EE. UU.

DHS amplía desde el 4 de septiembre quién queda fuera de la ciudadanía por nacimiento; ofrece residencia legal como alternativa.

Juan Mori

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DHS cambia el proceso migratorio
DHS cambia el proceso migratorio
Lo que debes saber

El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) modificó desde el 4 de septiembre de 2026 el tratamiento migratorio de ciertos niños nacidos en Estados Unidos. La medida afecta a menores cuyos padres no son ciudadanos estadounidenses y trabajan para gobiernos extranjeros.

La agencia describió el cambio como una regla final provisional. Amplía la definición de quiénes quedan fuera de la ciudadanía automática por nacimiento bajo la Decimocuarta Enmienda, y a la vez abre una vía alterna hacia la residencia permanente legal para esos menores.

USCIS explicó en un comunicado oficial que la regla reemplaza el término «funcionario diplomático extranjero» por una categoría más amplia: «empleado de un gobierno extranjero». El texto completo se publica en el Registro Federal este 9 de septiembre.

Quiénes quedan comprendidos en la nueva definición de «empleado extranjero»

Durante décadas, la excepción a la ciudadanía por nacimiento se aplicó casi exclusivamente a hijos de diplomáticos con inmunidad plena. La nueva regla extiende ese criterio a otros trabajadores vinculados a gobiernos extranjeros.

La definición ampliada incluye a funcionarios diplomáticos acreditados, a ciertos empleados de embajadas y consulados que sean nacionales del país que representan, y a personas con funciones oficiales para un gobierno extranjero. También abarca a empleados de determinadas organizaciones internacionales con inmunidad.

La regla excluye explícitamente a otros grupos. No aplica a empleados domésticos o asistentes personales de funcionarios extranjeros, ni a ciertos contratistas o trabajadores de gobiernos extranjeros que actúen a título personal en Estados Unidos.

El respaldo legal detrás del cambio y el litigio en curso

El DHS vinculó la medida con la Orden Ejecutiva 14418, firmada por el presidente Donald Trump. Esa directriz busca limitar la expedición de documentos de ciudadanía a hijos de personas en categorías específicas que, según la administración, no están sujetas a la jurisdicción plena de Estados Unidos.

Bajo esa interpretación, los niños comprendidos en la nueva regla no serían reconocidos como ciudadanos estadounidenses por nacimiento. En cambio, podrían registrarse como residentes permanentes legales y, eventualmente, avanzar hacia la naturalización.

La implementación de la regla no es total todavía. Una orden judicial preliminar del 2 de septiembre, dictada en el caso CASA Inc. v. Trump, restringe parte de su aplicación. USCIS reconoció que no actuará contra los miembros de la clase protegida por esa demanda mientras la orden siga vigente.

Qué dicen los especialistas sobre el alcance real

El abogado de inmigración Luis Victoria explicó a N+ Univision que la principal novedad es la ampliación de las categorías de trabajadores extranjeros cuyos hijos pueden quedar comprendidos. Antes, dijo, la norma se limitaba casi por completo a personas con inmunidad diplomática plena.

Analistas de política migratoria consultados por medios estadounidenses coinciden en que el punto más relevante no es la posibilidad de obtener una tarjeta de residencia. Es la decisión de ampliar el grupo de niños nacidos en el país a quienes el gobierno considera que no adquirieron la ciudadanía al nacer.

Esa distinción tiene consecuencias prácticas para las familias afectadas. Un niño nacido bajo esta categoría necesitaría completar un trámite migratorio adicional, en lugar de recibir automáticamente un pasaporte estadounidense como ciudadano por nacimiento.

Un caso hipotético para entender el impacto

Imaginemos a una familia en la que uno de los padres trabaja como personal administrativo de un consulado extranjero en Estados Unidos, sin inmunidad diplomática plena. Antes del 4 de septiembre, su hijo nacido en territorio estadounidense habría sido ciudadano automáticamente.

Bajo la nueva regla, ese mismo caso podría entrar en la categoría ampliada de «empleado de gobierno extranjero». Eso significa que la familia tendría que presentar el Formulario I-485 para registrar la residencia permanente del menor, en lugar de tramitar un pasaporte por nacimiento.

La regla no tiene efecto retroactivo. Los niños nacidos antes del 4 de septiembre de 2026 se rigen por las normas vigentes en el momento de su nacimiento, según confirmó el DHS.

Qué pueden hacer las familias afectadas ahora

Si crees que tu situación laboral con un gobierno extranjero podría encuadrar en esta nueva definición, conviene consultar a un abogado de inmigración antes de tramitar cualquier documento para tu hijo. La clasificación exacta depende del tipo de empleo y del estatus migratorio de los padres.

También es recomendable seguir de cerca el litigio de CASA Inc. v. Trump, ya que una decisión judicial podría modificar el alcance de la regla en las próximas semanas. USCIS publica actualizaciones sobre casos similares en su sitio oficial.

 

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Juan Mori

Autor

Juan Mori

Periodista enfocado sobre los temas sociales, culturales, migratorios y deportivos. Bachiller en la carrera de Periodismo por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Tres años de experiencia como redactor en “Nueva News”. Contacto: juan.mori@pucp.edu.pe

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