ALERTA: ICE expande el programa 287(g) en comunidades latinas
ICE expande el programa 287(g) a 39 estados; conoce tus derechos constitucionales ante un posible contacto con las autoridades.
Juan Mori

El Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) continúa expandiendo el programa 287(g) en todo el país. Este mecanismo autoriza a agencias policiales estatales y locales a ejercer funciones migratorias bajo supervisión federal.
Actualmente existen más de 2,000 acuerdos vigentes en 39 estados y dos territorios. Ese crecimiento genera inquietud en comunidades con amplia presencia latina, donde el riesgo de contacto con ICE durante una detención rutinaria ha aumentado.
Es importante aclarar algo desde el inicio: la expansión de estos acuerdos no elimina los derechos constitucionales de los inmigrantes. Estos convenios no convierten a toda la policía local en agentes de inmigración ni autorizan registros sin base legal.
Los derechos que toda persona conserva ante una intervención
Sin importar el estatus migratorio, cualquier persona conserva derechos fundamentales. El primero es guardar silencio: nadie está obligado a responder preguntas sobre lugar de nacimiento, ciudadanía o forma de entrada al país.
También existe el derecho a no consentir registros de vivienda, vehículo, teléfono u otras pertenencias. Decir «no consiento un registro» no equivale a obstrucción de la justicia bajo ninguna circunstancia legal reconocida.
Ante una detención, es posible preguntar directamente: «¿Estoy detenido?» y «¿Soy libre de irme?». Si la respuesta a la segunda pregunta es afirmativa, la persona debe retirarse con calma del lugar.
Lo que dice la ley sobre entrar a una vivienda
Nadie está obligado a abrir la puerta de su casa sin una orden judicial válida. Para ingresar a una vivienda sin consentimiento, las autoridades normalmente necesitan una orden firmada por un juez con la dirección correcta.
Una orden administrativa de ICE, como los formularios I-200 o I-205, no sustituye una orden judicial para entrar al hogar. Esta distinción resulta clave y muchas veces genera confusión entre las familias inmigrantes.
El abogado de inmigración Haim Vásquez explicó en N+ Univision que un policía puede preguntar sobre estatus migratorio solo si existe causa probable legal. «No debe hacerlo por cómo se ve la persona ni por su idioma», señaló.
Cómo funciona la colaboración bajo el acuerdo 287(g)
Vásquez añadió que, bajo el acuerdo 287(g), un agente puede hacer preguntas después de una detención legal. «Puede transferirlo a ICE si el individuo no tiene estatus», precisó el especialista en entrevista.
También indicó que los operativos suelen dirigirse a personas ya identificadas previamente. Sin embargo, el registro vehicular y la licencia de conducir pueden usarse para verificar estatus migratorio, según cada agencia estatal.
Existen tres modelos distintos del programa 287(g) operados por ICE. El modelo de control penitenciario identifica a extranjeros con cargos penales pendientes. El modelo de grupo de trabajo permite funciones migratorias durante tareas policiales rutinarias.
El tercer modelo, de oficial de ejecución de órdenes judiciales, permite notificar y ejecutar órdenes administrativas contra personas ya bajo custodia. El alcance exacto de cada agencia depende del Memorando de Acuerdo específico firmado con ICE.
Esto significa que una interacción policial rutinaria, como un arresto o el ingreso a una cárcel local, podría terminar en contacto directo con ICE. Sin embargo, una simple infracción de tránsito no elimina las garantías constitucionales de nadie.
Informes del ICE muestran el crecimiento de los acuerdos 287(g) en regiones con una alta concentración de población latina.https://t.co/yJsNbf1PCq
— N+ UNIVISION (@nmasunivision) August 18, 2026
Pasos concretos ante un contacto con la policía o ICE
Mantener la calma es fundamental: no correr, no resistirse ni presentar documentos falsos ante ninguna autoridad. Preguntar «¿Soy libre de irme?» ayuda a entender la situación legal inmediata de la persona.
No es necesario dar información sobre estatus migratorio, país de origen o familiares. Tampoco se debe autorizar un registro voluntario; basta con decir claramente «no consiento el registro» ante cualquier agente.
Si la persona está en casa, no debe abrir la puerta sin verificar la orden. Puede pedir que se la muestren por la ventana o la deslicen por debajo de la puerta antes de responder.
Recursos legales y mecanismos de denuncia disponibles
Toda persona tiene derecho a solicitar un abogado. Aunque no existe defensor gratuito garantizado en procesos migratorios, sí es posible contratar uno y evitar firmar documentos sin asesoría legal previa.
Nunca se debe firmar una salida voluntaria, renuncia de derechos o declaración sin que un abogado de inmigración la revise primero. Estos documentos pueden tener consecuencias legales permanentes e irreversibles.
Los acuerdos 287(g) contemplan mecanismos de queja ante conducta indebida. Las denuncias pueden presentarse ante la Office of Professional Responsibility de ICE, al teléfono 1-833-4ICE-OPR o al correo ICEOPRIntake@ice.dhs.gov.
Recomendaciones para casos migratorios específicos
Esta información es general y no sustituye asesoría legal individualizada. Personas con arrestos previos, órdenes de deportación o solicitudes pendientes de DACA, TPS o asilo enfrentan circunstancias particulares.
Para ellas resulta esencial consultar con un abogado de inmigración autorizado antes de cualquier interacción con autoridades. También pueden acudir a organizaciones sin fines de lucro acreditadas para recibir orientación confiable.
Documentar cualquier incidente —nombres, placas, agencia, hora y testigos— puede resultar crucial más adelante. Informar a familiares sobre el lugar de detención también ayuda a agilizar la búsqueda de representación legal oportuna.
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Autor
Juan MoriPeriodista apasionado a los temas sociales, culturales y deportivos. Dos años de experiencia en “Nueva News”. Contacto: juannmori@gmail.com
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